Términos y condiciones
Artículo 1: Definiciones
1. Tidez / JL Enterprises, propietaria de www.tidez.nl, establecida en Amersfoort, Cámara de Comercio número 76478378, se denomina vendedor en estos términos y condiciones generales.
2. La contraparte del vendedor se denomina comprador en estos términos y condiciones generales.
3. Las partes son el vendedor y el comprador juntos.
4. El contrato se refiere al contrato de compraventa entre las partes.
Artículo 2: Aplicabilidad de los términos y condiciones generales
1. Estos términos y condiciones se aplican a todas las cotizaciones, ofertas, acuerdos y entregas de servicios o bienes por parte del vendedor o en su nombre.
2. La desviación de estos términos y condiciones solo es posible si las partes así lo han acordado expresamente por escrito.
Artículo 3: Pago
1. El precio total de compra siempre se paga inmediatamente en la tienda. En algunos casos, se espera un depósito para las reservas. En ese caso, el comprador recibirá el comprobante de la reserva y del pago por adelantado.
2. Si el comprador no paga a tiempo, está en mora. Si el comprador continúa en mora, el vendedor tiene derecho a suspender las obligaciones hasta que el comprador haya cumplido con su obligación de pago.
3. Si el comprador continúa en mora, el vendedor procederá al cobro. Los costes relacionados con dicha recogida correrán a cargo del comprador. Estos costes de cobro se calculan sobre la base del Decreto sobre compensación de costes de cobro extrajudicial.
4. En caso de liquidación, quiebra, embargo o suspensión de pago del comprador, las reclamaciones del vendedor contra el comprador vencen inmediatamente y son pagaderas.
5. Si el comprador se niega a cooperar con la ejecución del pedido por parte del vendedor, aún está obligado a pagar el precio acordado al vendedor.
Artículo 4: Ofertas, cotizaciones y precio
1. Las ofertas son sin compromiso, a menos que se establezca un término de aceptación en la oferta. Si la oferta no es aceptada dentro de ese plazo, la oferta caducará.
2. Los plazos de entrega en las cotizaciones son orientativos y si se superan no dan derecho al comprador a disolución o indemnización, salvo que las partes hayan acordado expresamente lo contrario por escrito.
3. Las ofertas y cotizaciones no se aplican automáticamente a pedidos repetidos. Las partes deben estar de acuerdo con esto expresamente y por escrito.
4. El precio indicado en las ofertas, cotizaciones y facturas consiste en el precio de compra, incluido el IVA adeudado y cualquier otro impuesto gubernamental.
Artículo 5: Derecho de desistimiento
1. Después de recibir el pedido, el consumidor tiene derecho a rescindir el acuerdo dentro de los 30 días sin indicar los motivos (derecho de desistimiento). El plazo comienza a correr desde el momento en que el pedido (en su totalidad) ha sido recibido por el consumidor.
2. No existe derecho de desistimiento si los productos están hechos a medida según sus especificaciones o tienen una vida útil corta.
3. El consumidor puede utilizar un formulario de desistimiento del vendedor. El vendedor está obligado a poner esto a disposición del comprador inmediatamente después de la solicitud del comprador.
4. Durante el período de reflexión, el consumidor manipulará con cuidado el producto y el embalaje. Solo desempaquetará o utilizará el producto en la medida necesaria para evaluar si desea conservar el producto. Si hace uso de su derecho de desistimiento, devolverá el producto sin usar y sin daños con todos los accesorios suministrados y, si es razonablemente posible, en el embalaje de envío original al vendedor, de acuerdo con las instrucciones razonables y claras proporcionadas por el empresario.
Artículo 6: Modificación del acuerdo
1. Si durante la ejecución del contrato parece que es necesario para la correcta ejecución del encargo cambiar o complementar el trabajo a realizar, las partes ajustarán el contrato en consecuencia de manera oportuna y en consulta mutua.
2. Si las partes acuerdan que se modifica o completa el contrato, el tiempo de finalización de la ejecución puede verse afectado como consecuencia. El vendedor informará al comprador de ello lo antes posible.
3. Si la modificación o adición al contrato tiene consecuencias financieras y/o cualitativas, el vendedor informará de ello al comprador con antelación y por escrito.
4. Si las partes han pactado un precio fijo, el vendedor indicará en qué medida la modificación o complemento del contrato dará lugar a que se supere dicho precio.
5. Contrariamente a lo dispuesto en el tercer párrafo de este artículo, el vendedor no podrá cobrar gastos adicionales si la modificación o adición es consecuencia de circunstancias que le sean imputables.
Artículo 7: Terminación y transferencia del riesgo
1. Tan pronto como el comprador haya recibido el artículo comprado, el riesgo se transfiere del vendedor al comprador.
Artículo 8: Investigación, quejas
1. El comprador está obligado a inspeccionar la mercancía entregada en el momento de la entrega o entrega, pero en todo caso en el plazo más breve posible. Al hacerlo, el comprador debe investigar si la calidad y la cantidad de los bienes entregados se corresponden con lo que las partes han acordado, o al menos si la calidad y la cantidad cumplen con los requisitos que se aplican en el tráfico (comercial) normal.
2. Las quejas con respecto a daños, escasez o pérdida de los bienes entregados deben presentarse por escrito al vendedor dentro de los 10 días hábiles posteriores al día de entrega de los bienes.
3. Si la reclamación se declara fundada dentro del plazo estipulado, el vendedor tiene derecho a reparar o entregar de nuevo, oa abstenerse de entregar y enviar al comprador una nota de crédito por esa parte del precio de compra.
4. Las desviaciones menores y/o estándar de la industria y las diferencias en calidad, número, tamaño o acabado no pueden invocarse contra el vendedor.
5. Las reclamaciones relativas a un determinado producto no afectan a otros productos o partes pertenecientes al mismo contrato.
6. Después de que los bienes hayan sido procesados por el comprador, no se aceptarán reclamaciones.
Artículo 9: Muestras y modelos
1. Si se ha mostrado o facilitado al comprador una muestra o modelo, se presume que se ha facilitado sólo a título indicativo, sin que la cosa a entregar deba ajustarse a ello. Esto es diferente si las partes han acordado expresamente que el artículo a entregar corresponderá a este.
2. En el caso de contratos relativos a bienes inmuebles, la mención de la superficie u otras dimensiones e indicaciones se presume, además, como sólo indicativa, sin que el bien a entregar deba corresponder a ella.
Artículo 10: Entrega
1. La entrega se realiza 'ex fábrica/tienda/almacén'. Esto significa que todos los costos son para el comprador.
2. El comprador está obligado a recibir las mercancías en el momento en que el vendedor las entregue o se las haga entregar, o en el momento en que estas mercancías se pongan a su disposición de conformidad con el contrato.
3. Si el comprador se niega a aceptar la entrega o es negligente al proporcionar información o instrucciones necesarias para la entrega, el vendedor tiene derecho a almacenar el artículo por cuenta y riesgo del comprador.
4. Si se entrega la mercancía, el vendedor tiene derecho a cobrar los gastos de envío.
5. Si el vendedor necesita información del comprador para la ejecución del contrato, el plazo de entrega comenzará después de que el comprador haya puesto esta información a disposición del vendedor.
6. Un plazo de entrega especificado por el vendedor es indicativo. Esto nunca es una fecha límite. Si se excede el plazo, el comprador debe notificar por escrito al vendedor el incumplimiento.
7. El vendedor tiene derecho a entregar la mercancía en partes, a menos que las partes hayan acordado otra cosa por escrito o si la entrega parcial no tiene un valor independiente. En caso de entrega por partes, el vendedor tiene derecho a facturar estas partes por separado.
Artículo 11: Fuerza mayor
1. Si el vendedor no puede cumplir sus obligaciones en virtud del contrato debido a fuerza mayor, no lo hace a tiempo o no lo hace correctamente, no es responsable de los daños sufridos por el comprador.
2. Por fuerza mayor, las partes entienden en todo caso cualquier circunstancia que el vendedor no pudo tener en cuenta en el momento de la celebración del contrato y como consecuencia de la cual el comprador no puede exigir razonablemente la ejecución normal del contrato, tales como enfermedad, guerra o peligro de guerra, guerra civil y disturbios, abuso sexual, sabotaje, terrorismo, corte de energía, inundación, terremoto, incendio, ocupación, huelgas, cierre patronal, cambio de medidas gubernamentales, dificultades de transporte y otros disturbios en el negocio del vendedor .
3. Además, por fuerza mayor, las partes entienden la circunstancia de que las empresas proveedoras de las que depende el vendedor para la ejecución del contrato no cumplan las obligaciones contractuales para con el vendedor, salvo que éste pueda ser culpado de ello.
4. Si surge una situación como la mencionada anteriormente como resultado de la cual el vendedor no puede cumplir con sus obligaciones para con el comprador, esas obligaciones se suspenderán mientras el vendedor no pueda cumplir con sus obligaciones. Si la situación a que se refiere la frase anterior se ha prolongado durante 30 días naturales, las partes tienen derecho a disolver por escrito el acuerdo en todo o en parte.
5. Si la fuerza mayor dura más de tres meses, el comprador tiene derecho a disolver el acuerdo con efecto inmediato. La disolución sólo puede hacerse por carta certificada.
Artículo 12: Cesión de derechos
1. Los derechos de cualquiera de las partes en virtud de este Acuerdo no pueden transferirse sin el consentimiento previo por escrito de la otra parte. Esta disposición se aplica como una estipulación con efecto de ley de propiedad como se menciona en la Sección 3:83 (2) del Código Civil Holandés.
Artículo 13: Reserva de dominio y derecho de retención
1. Los bienes presentes en el vendedor y los bienes y piezas entregados siguen siendo propiedad del vendedor hasta que el comprador haya pagado la totalidad del precio acordado. Hasta ese momento, el vendedor puede invocar su reserva de propiedad y recuperar la mercancía.
2. Si las cantidades convenidas a pagar por adelantado no se pagan o no se pagan a tiempo, el vendedor tiene derecho a suspender la obra hasta que la parte convenida haya sido pagada después de todo. Luego está el incumplimiento de los acreedores. En ese caso, una entrega tardía no puede ser invocada contra el vendedor.
3. El vendedor no está autorizado a dar en prenda o gravar de cualquier otro modo las mercancías sujetas a reserva de dominio.
4. El vendedor se compromete a asegurar los bienes entregados al comprador sujetos a reserva de dominio y a mantenerlos asegurados contra incendio, explosión y daños por agua, así como contra robo, y a poner la póliza a disposición para inspección a primera solicitud.
5. Si la mercancía aún no ha sido entregada, pero el anticipo acordado o el precio no han sido pagados de acuerdo con el acuerdo, el vendedor tiene el derecho de retención. En ese caso, el artículo no se entregará hasta que el comprador haya pagado en su totalidad y de acuerdo con el acuerdo.
6. En caso de liquidación, insolvencia o suspensión de pago del comprador, las obligaciones del comprador vencen y son exigibles de inmediato.
Artículo 14: Responsabilidad
1. Cualquier responsabilidad por daños que surjan de o en relación con la ejecución de un acuerdo siempre se limita a la cantidad pagada en el caso correspondiente por los seguros de responsabilidad contratados. Este monto se incrementa por el monto del deducible de acuerdo a la póliza correspondiente.
2. No se excluye la responsabilidad del vendedor por daños resultantes de dolo o imprudencia deliberada por parte del vendedor o de sus subordinados directivos.
Artículo 15: Obligación de denunciar
1. El comprador está obligado a comunicar inmediatamente al vendedor las quejas sobre el trabajo realizado. La reclamación contiene una descripción de la deficiencia lo más detallada posible, para que el vendedor pueda responder adecuadamente.
2. Si una queja está justificada, el vendedor está obligado a reparar el bien y, posiblemente, reemplazarlo.
Artículo 16: Garantías
1. Si las garantías están incluidas en el contrato, se aplica lo siguiente. El vendedor garantiza que el artículo vendido cumple con el contrato, que funcionará sin defectos y que es adecuado para el uso que el comprador pretende hacer de él. Esta garantía es válida por un período de dos años naturales a partir de la recepción del artículo vendido por parte del comprador.
2. La garantía a la que se hace referencia tiene por objeto lograr una distribución del riesgo entre el vendedor y el comprador de tal manera que las consecuencias del incumplimiento de una garantía sean siempre por cuenta y riesgo del vendedor y que el vendedor nunca pueda aceptar una infracción de una garantía invocar el artículo 6:75 del Código Civil holandés. Lo dispuesto en la oración anterior también se aplica si la infracción era conocida por el comprador o podría haberlo sido mediante la realización de una investigación.
3. La garantía antes mencionada no se aplica si el defecto se ha producido como resultado de un uso imprudente o impropio o si, sin permiso, el comprador o terceros han hecho cambios o han intentado hacer cambios o han utilizado el artículo comprado para propósitos de que no está destinado. .
4. Si la garantía proporcionada por el vendedor se relaciona con un artículo producido por un tercero, la garantía se limita a la garantía proporcionada por ese productor.
Artículo 17: Ley aplicable y tribunal competente
1. Solo la ley holandesa se aplica a todos los acuerdos entre las partes.
2. El tribunal holandés en el distrito donde Tidez / JL Enterprises tiene su domicilio social/ejercicio/tiene su oficina tiene jurisdicción exclusiva para conocer de cualquier disputa entre las partes, a menos que la ley prescriba lo contrario.
3. Queda excluida la aplicabilidad de la Convención de Viena sobre Compraventa.
4. Si una o más disposiciones de estos términos y condiciones generales se consideran irrazonablemente onerosas en los procedimientos legales, las demás disposiciones permanecerán en pleno vigor y efecto.